La Nueva Fiscalidad de las EPSV 

2026 marzo 17 | Sin categorizar

A partir del 1 de enero del 2026, ha entrado en vigor, íntegramente, la revisión fiscal promovida por las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, que, entre otras cuestiones, actualiza el régimen tributario de las aportaciones y prestaciones de las EPSV. 

Las principales novedades serían las siguientes: 

  • Nuevos límites de reducción por aportaciones y contribuciones empresariales: 
  • 5.000 euros anuales para la suma de las aportaciones realizadas a EPSV individuales y asociadas. 
  • 8.000 euros para la suma de las contribuciones empresariales anuales y de las aportaciones realizadas por la persona asociada al sistema de empleo. 
  • 4.000 euros para personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.  
  • El límite conjunto de reducción pasa de 12.000 a 10.000 euros anuales. 
  • Nuevas deducciones por aportaciones y contribuciones empresariales: (i) por aportaciones a planes de previsión social de empleo preferentes y (ii) por aportaciones a planes de empleo de autónomos. 
  • Diferenciación en las prestaciones entre (i) la parte correspondiente a las aportaciones y contribuciones empresariales, y (ii) la parte relativa a la rentabilidad obtenida, de tal manera que la primera parte tributará como rendimiento del trabajo y la rentabilidad obtenida como rendimiento del capital mobiliario. 
  • Exención, con carácter general, de la rentabilidad de las prestaciones percibidas en forma de renta siempre que la renta constituida tenga carácter vitalicio o, si es temporal, tenga una duración mínima de 15 años y una cuantía constante. 
  • Nuevo porcentaje de integración del 70% de las cantidades percibidas en forma de capital. 

Por
Ignacio J. Etxebarria Etxeita
Presidente de la Federación de EPSV de Euskadi