Así, en el ámbito de las cooperativas y sociedades laborales (limitadas o anónimas), la relación entre las personas socias-trabajadoras y la cooperativa o sociedad laboral correspondiente, de la que son socios y para la que, al mismo tiempo, trabajan, muestra una naturaleza dual, ya que se trata de una relación societaria y también laboral. Este complejo estatus jurídico da lugar a cuestiones jurídico-laborales conflictivas que fueron tratadas por los expertos convocados.
Desde GEZKI se diseñó el seminario en torno a dos partes. La primera, para analizar el marco jurídico-positivo de las relaciones laborales y de seguridad social de las personas socias de cooperativas y sociedades laborales, a cargo de la profesora Sylvia Gay Herrero. La segunda parte se analizó la jurisprudencia reciente sobre la cuestión por el ponente Gotzon Gondra Elgezabal, abogado especializado en la materia.
Se estudió el reciente caso de los socios-trabajadores de una cooperativa a los que la Asamblea abocó a la baja obligatoria por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas, de producción). Al tratarse de un supuesto de hecho equiparable al despido objetivo de trabajadores por cuenta ajena (también por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción), lo socios-trabajadores afectados solicitaron la indemnización prevista en el derecho laboral, de 20 días de salario por año de servicio.
El caso ha sido resuelto por la reciente Sentencia 2609/2012, de 30 de octubre, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en la que el Tribunal ha fallado contra la pretensión de los demandantes, señalando que debe aplicarse el derecho y principios cooperativos, y no cabe la aplicación, ni directa ni analógica, del derecho del trabajo.
El seminario ha contado con la financiación de la Dirección de Economía Social del Gobierno Vasco.
Fuente: GEZKI