{"id":16147,"date":"2024-03-13T09:30:00","date_gmt":"2024-03-13T08:30:00","guid":{"rendered":"https:\/\/oves-geeb.eus\/?p=16147"},"modified":"2024-03-13T10:12:39","modified_gmt":"2024-03-13T09:12:39","slug":"el-gobierno-vasco-aprueba-el-nuevo-decreto-de-las-epsv-de-euskadi-que-consolida-el-sistema-de-empleo-preferente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/el-gobierno-vasco-aprueba-el-nuevo-decreto-de-las-epsv-de-euskadi-que-consolida-el-sistema-de-empleo-preferente\/","title":{"rendered":"El Gobierno Vasco aprueba el nuevo decreto de las EPSV de Euskadi que consolida el sistema de empleo preferente"},"content":{"rendered":"\n<p>El Consejo de Gobierno aprob\u00f3 el pasado 13 de febrero el nuevo decreto para las EPSV de Euskadi para consolidar el futuro sistema de empleo preferente, \u00fanico e innovador en el Estado. Este decreto ya fue ratificado el pasado 26 de enero por el Consejo Vasco de la Previsi\u00f3n Social. Dicho Decreto regula las EPSV preferentes como modelo complementario de pensiones de Euskadi y se nutrir\u00e1n de aportaciones compartidas entre personas trabajadoras y empresa, otorgando prestaciones prioritariamente en forma de renta.<\/p>\n\n\n\n<p>El nuevo texto recoge, asimismo, nuevos activos aptos para las EPSV que les proporciona un acceso m\u00e1s diversificado a los nuevos mercados financieros y se desarrollan aspectos de las Inversiones Socialmente Responsables. Adem\u00e1s, se incluye la rebaja de los gastos de administraci\u00f3n m\u00e1ximos, lo cual redundar\u00e1 en beneficio directo de las pensiones complementarias que ver\u00e1n incrementadas las mismas en proporci\u00f3n directa. Entre las novedades se destacan las exigencias para conquistar una partici\u00f3n equilibrada en los \u00f3rganos de gobierno de las EPSV entre hombres y mujeres, entre otras cuestiones.<\/p>\n\n\n\n<p>El Decreto entrar\u00e1 en vigor el pr\u00f3ximo mes de abril para favorecer la aplicaci\u00f3n de las previsiones que flexibilizan el r\u00e9gimen de inversiones de las Entidades. Tras la entrada en vigor habr\u00e1 un plazo de 6 meses para la adaptaci\u00f3n de los Estatutos y Reglamentos al Decreto. Sin perjuicio de este plazo, los nuevos gastos de administraci\u00f3n ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n a partir del 1 de julio de 2024.<\/p>\n\n\n\n<p>El objetivo principal de las EPSV de empleo preferentes es el cobro de prestaciones en forma de renta para complementar la pensi\u00f3n p\u00fablica de la Seguridad Social. Para ello el Decreto fija un capital m\u00ednimo a partir del cual, una vez acumulado dicho importe por la persona socia de una EPSV, deber\u00e1 transformarse obligatoriamente en una renta o bien vitalicia o bien financiera al menos a 15 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>En la redacci\u00f3n del Decreto se ha fijado el umbral para determinar el pago de la prestaci\u00f3n en forma de renta en funci\u00f3n de un intervalo de importes de pensi\u00f3n relacionados con la pensi\u00f3n anual m\u00ednima de jubilaci\u00f3n de la Seguridad Social con 65 a\u00f1os. Tras m\u00faltiples reuniones con el sector, agentes sociales y an\u00e1lisis de los efectos de la nueva regulaci\u00f3n, se plantea un aterrizaje moderado con unas cifras que hagan del modelo un sistema de previsi\u00f3n valorado y que cuente con mayor aceptaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Todo ello, en la confianza de que una generalizaci\u00f3n de la previsi\u00f3n social complementaria desde edades j\u00f3venes, con aportaciones compartidas, producir\u00e1n acumulaciones de derechos econ\u00f3micos superiores a la cifra establecida en este Decreto. Si a ello se a\u00f1ade una tributaci\u00f3n acorde y alineada con el cobro de las prestaciones en forma de renta, se conseguir\u00e1 un aut\u00e9ntico sistema de previsi\u00f3n complementario propio y de largo recorrido.<\/p>\n\n\n\n<p>El Decreto establece una f\u00f3rmula mixta de percepci\u00f3n de prestaciones (en forma de renta y en forma de capital). En aras a favorecer la generalizaci\u00f3n del sistema preferente, se ha considerado el establecimiento de dos veces y media la pensi\u00f3n m\u00ednima de la Seguridad Social con c\u00f3nyuge a cargo que para 2024, lo cual equivale a 36.166\u20ac. Asimismo, se considera que un m\u00e1ximo del 20% de los derechos econ\u00f3micos se podr\u00edan cobrar en forma de capital. Con estos par\u00e1metros las pensiones mensuales ascender\u00edan a 200 euros en 12 pagas a 15 a\u00f1os y 150 euros en 12 pagas a 20 a\u00f1os. En el supuesto de disponer del 20% del capital, se obtendr\u00eda una pensi\u00f3n cierta de 160\u20ac mensuales durante 15 a\u00f1os o de 120\u20ac mensuales en 20 a\u00f1os. <\/p>\n\n\n\n<p>Junto a esto, tras las diferentes reuniones con las EPSV preferentes y en defensa de los derechos adquiridos por los socios y socias, se ha fijado el umbral para el pago en forma de renta, en tres veces la cuant\u00eda anual m\u00ednima de jubilaci\u00f3n de la Seguridad Social con c\u00f3nyuge a cargo: 43.400\u20ac en 2024 y un porcentaje m\u00e1ximo de cobro en forma de capital del 25% si as\u00ed lo recogen sus Estatutos. Tendr\u00e1n un periodo transitorio de 4 a\u00f1os para la instauraci\u00f3n obligatoria del cobro de prestaciones en forma de renta para las EPSV de empleo Preferentes y se podr\u00e1n incorporar a este r\u00e9gimen transitorio tanto a las EPSV preferentes nuevas que se constituyan en ese periodo como a las EPSV de empleo ya constituidas que se transformen en preferentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Irekia<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Consejo de Gobierno aprob\u00f3 el pasado 13 de febrero el nuevo decreto para las EPSV de Euskadi para consolidar el futuro sistema de empleo preferente, \u00fanico e innovador en el Estado. Este decreto ya fue ratificado el pasado 26 de enero por el Consejo Vasco de la Previsi\u00f3n Social. 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