{"id":14717,"date":"2023-01-31T09:45:00","date_gmt":"2023-01-31T08:45:00","guid":{"rendered":"https:\/\/oves-geeb.eus\/?p=14717"},"modified":"2023-01-30T13:27:31","modified_gmt":"2023-01-30T12:27:31","slug":"nueva-modificacion-de-la-ley-de-economia-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/nueva-modificacion-de-la-ley-de-economia-social\/","title":{"rendered":"Nueva modificaci\u00f3n de la Ley de Econom\u00eda Social"},"content":{"rendered":"\n<p>El pasado d\u00eda 10 de enero el Consejo de Ministros aprob\u00f3 el Real Decreto-ley 1\/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contrataci\u00f3n laboral, a trav\u00e9s de la cual se incluye la modificaci\u00f3n de la Ley 5\/2011, de 29 de marzo, de Econom\u00eda Social, que permite el uso de la capitalizaci\u00f3n por desempleo en la incorporaci\u00f3n como socios a cooperativas y sociedades laborales. Esta modificaci\u00f3n mejora y ampl\u00eda la eficacia del pago \u00fanico de la prestaci\u00f3n por desempleo como fuente de financiaci\u00f3n para la incorporaci\u00f3n como socios a cooperativas y sociedades laborales. Las personas trabajadoras con una relaci\u00f3n laboral indefinida pueden solicitar el pago \u00fanico de la prestaci\u00f3n por desempleo, sin estar en situaci\u00f3n legal de desempleo, para adquirir capital social de la empresa para la que prestan sus servicios, y con ello adquirir la condici\u00f3n de personas socias trabajadoras o de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Concretamente, el nuevo art. 9 de la Ley de Econom\u00eda Social queda redactado como sigue:<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abArt\u00edculo 9. Incentivos a la incorporaci\u00f3n de personas trabajadoras a cooperativas y sociedades laborales.<\/p>\n\n\n\n<p>Las cooperativas y sociedades laborales que incorporen personas trabajadoras desempleadas como personas socias trabajadoras o de trabajo podr\u00e1n beneficiarse de bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social, en los t\u00e9rminos y las cuant\u00edas que legalmente se establezcan.\u00bb<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se modifica la regla 1\u00aa del art\u00edculo 10.1 de la Ley 5\/2011, de 29 de marzo, de Econom\u00eda Social, que queda redactada como sigue:<\/p>\n\n\n\n<p>\u00ab1\u00aa La entidad gestora podr\u00e1 abonar el valor actual del importe de la prestaci\u00f3n por desempleo de nivel contributivo, a los beneficiarios de prestaciones cuando pretendan incorporarse, de forma estable, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales, aunque hayan mantenido un v\u00ednculo contractual previo con dichas sociedades, independientemente de su duraci\u00f3n o constituirlas y a las personas que trabajen en la sociedad laboral o cooperativa con una relaci\u00f3n laboral de car\u00e1cter indefinido que re\u00fanan todos los requisitos para ser beneficiarios de la prestaci\u00f3n por desempleo de nivel contributivo, salvo el de estar en situaci\u00f3n legal de desempleo, que pretendan adquirir la condici\u00f3n de persona socia trabajadora o de trabajo en dicha sociedad laboral o cooperativa.<\/p>\n\n\n\n<p>En estos supuestos, el abono de la prestaci\u00f3n se realizar\u00e1 de una sola vez por el importe que corresponda a las aportaciones al capital, incluyendo la cuota de ingreso, en el caso de las cooperativas, o al de la adquisici\u00f3n de acciones o participaciones del capital social en una sociedad laboral en lo necesario para acceder a la condici\u00f3n de socio.<\/p>\n\n\n\n<p>Quienes capitalicen la prestaci\u00f3n por desempleo, tambi\u00e9n podr\u00e1n destinar la misma a los gastos de constituci\u00f3n y puesta en funcionamiento de una entidad, as\u00ed como al pago de las tasas y el precio de servicios espec\u00edficos de asesoramiento, formaci\u00f3n e informaci\u00f3n relacionados con la actividad a emprender.<\/p>\n\n\n\n<p>Se abonar\u00e1 como pago \u00fanico la cuant\u00eda de la prestaci\u00f3n, calculada en d\u00edas completos, de la que deducir\u00e1 el importe relativo al inter\u00e9s legal del dinero.<\/p>\n\n\n\n<p>En los supuestos en los que se prev\u00e9 la capitalizaci\u00f3n sin estar en situaci\u00f3n legal de desempleo, la solicitud de la prestaci\u00f3n y de la capitalizaci\u00f3n ser\u00e1 simult\u00e1nea y la fecha de esta se asimilar\u00e1, a efectos de reconocimiento y c\u00e1lculo de la prestaci\u00f3n, a la fecha de la situaci\u00f3n legal de desempleo.\u00bb<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, el art\u00edculo 11 queda redactado como sigue:<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abArt\u00edculo 11. Bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para las personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas, en per\u00edodo de descanso por nacimiento, adopci\u00f3n, guarda con fines de adopci\u00f3n, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.<\/p>\n\n\n\n<p>A la cotizaci\u00f3n de las personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas, sustituidos durante los per\u00edodos de descanso por nacimiento, y cuidado del o de la menor, ejercicio corresponsable en el cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, mediante los contratos de sustituci\u00f3n bonificados, celebrados con personas desempleadas, les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n las bonificaciones que legalmente se establezcan.\u00bb<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: CIRIEC<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado d\u00eda 10 de enero el Consejo de Ministros aprob\u00f3 el Real Decreto-ley 1\/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contrataci\u00f3n laboral, a trav\u00e9s de la cual se incluye la modificaci\u00f3n de la Ley 5\/2011, de 29 de marzo, de Econom\u00eda Social, que permite el uso de la capitalizaci\u00f3n por desempleo &hellip; <a href=\"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/nueva-modificacion-de-la-ley-de-economia-social\/\">Continuar leyendo<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":14715,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-14717","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categorizar"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14717","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14717"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14717\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":14719,"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/14717\/revisions\/14719"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/14715"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14717"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=14717"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/oves-geeb.eus\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=14717"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}